馃槉 Hasta el 03 de julio, extendido plazo para renovaci贸n del Registro Nacional de Turismo 馃槉

Con el objetivo de mitigar los efectos econ贸micos del coronavirus COVID-19 en el territorio nacional, se expidi贸 el Decreto 434 de 2020, por medio del cual se extendi贸 hasta el 03 de julio de 2020, el plazo para que los operadores de servicios tur铆sticos puedan renovar el Registro Nacional de Turismo (RNT).

Vale la pena recordar que la inscripci贸n al RNT tiene una vigencia anual y debe hacerse dentro de los tres primeros meses de cada a帽o, pero debido a la coyuntura nacional este plazo fue ampliado.

Es primordial tener en cuenta que se deber谩 realizar una solicitud de renovaci贸n por cada uno de los registros que se tengan.

Los prestadores de servicios tur铆sticos tambi茅n deben tener presente que el RNT pasa a ser un acto de anotaci贸n sin cargue documental, por lo que no se tendr谩n cobros asociados al impuesto para cumplir con esta obligaci贸n.

De no actualizar el Registro Nacional de Turismo dentro del periodo se帽alado, este se suspender谩 autom谩ticamente hasta que se cumpla con dicha obligaci贸n. Para realizar la reactivaci贸n, los prestadores de servicios deben hacer la cancelaci贸n a favor del Fondo Nacional del Turismo (FONTUR), por el valor de un salario m铆nimo mensual legal vigente.


Para llevar a cabo este proceso se debe ingresar al siguiente link:  https://rnt.confecamaras.co/establecimientos.

Para mayor informaci贸n, puede escribir al siguiente correo: info@mincit.gov.co





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